Consejo de Estado anula el nombramiento de Manuel Peña Suárez como comisionado de la CREG

La Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad del acto de nombramiento de Manuel Peña Suárez como experto comisionado de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), designado en la modalidad de encargo. El alto tribunal consideró improcedente esta designación, reiterando lo dispuesto en el fallo del 5 de septiembre de 2024.

La decisión se fundamenta en el artículo 44 de la Ley 2099 de 2021, que exige dedicación exclusiva para los cargos de comisionado en la CREG. En el caso específico de Peña Suárez, se evidenció que desempeñaba simultáneamente el cargo de jefe de la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos en la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), entidad adscrita al Ministerio de Minas y Energía.

Incompatibilidad de funciones

El Consejo de Estado sostuvo que la designación de Peña Suárez como comisionado de la CREG era incompatible con su función en la UPME, ya que ambos cargos requieren dedicación exclusiva. De acuerdo con el tribunal, esta situación vulnera los principios establecidos en la normativa, que busca garantizar la independencia y concentración de funciones de los comisionados.

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