Gobernación expide nuevas medidas para mitigar la propagación y contagio de Covid-19 en el Magdalena

El gobernador del Magdalena, Carlos Caicedo, expidió el decreto 101 del 30 de marzo de 2021, que establece nuevas medidas para garantizar el cumplimiento del aislamiento selectivo y mitigar el riesgo de propagación y contagio de Coronavirus covid-19, con el fin de preservar la vida y la salud de los magdalenenses.

El decreto solicita a los alcaldes que adopten medidas de toque de queda en sus municipios  desde las 8 p.m. del miércoles hasta las 5 a.m. del jueves 1 de abril, desde las 6 p.m. del jueves hasta las 5 a.m. del viernes 2 de abril, desde las 6 p.m. del viernes hasta las 5 a.m. del sábado 3 de abril, desde las 6 p.m. del sábado hasta las 5 a.m. del domingo 4 de abril y desde las 6 p.m. del domingo hasta las 5 a.m. del lunes 5 de abril.

Igualmente, solicita a los alcaldes de Ciénaga, Puebloviejo, Sitionuevo, Fundación, Aracataca y Zona Bananera expedir un acto administrativo a través del cual restrinjan el acceso a las playas, ríos y balnearios de su jurisdicción desde las cero horas del primero de abril hasta las 5 a.m. del lunes 5 de abril.

Gobernación expide nuevas medidas para mitigar la propagación y contagio de Covid-19 en el Magdalena
Gobernación expide nuevas medidas para mitigar la propagación y contagio de Covid-19 en el Magdalena | Cortesía

Además, establece que los alcaldes de Ciénaga, Puebloviejo, Zona Bananera y Fundación deberán instalar en sus respectivos municipios un Puesto de Mando Unificado o Sala de Crisis de carácter permanente para monitorear diariamente los casos positivos de Covid-19 y la ubicación de las personas contagiadas, analizar la cadena de trasmisión, verificar el cumplimiento del aislamiento preventivo y tomar medidas para mitigar el aumento de los casos.

El nuevo decreto prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas y embriagantes en espacios públicos  y establecimientos de comercio  en todo el departamento  desde las 8 p.m. del miércoles 31 de marzo hasta las 5 a.m. del martes 6 de abril.  También prohíbe la realización de eventos públicos o privados de carácter religioso o cultural que impliquen aglomeración de personas, en especial las tradicionales procesiones de Semana Santa, lo mismo que el funcionamiento de establecimientos de esparcimiento, ocio, diversión, baile, casinos, discotecas, juegos de azar, bingos y actividades similares.

Fuente Gobernación del Magdalena
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