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Corte Constitucional señala que acciones del Gobierno Nacional respecto a las comunidades Wayuu tuvieron bajo cumplimiento
La Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-302 de 2017 de la Corte Constitucional evaluó en nivel bajo las acciones del Gobierno nacional para mejorar la movilidad de las comunidades Wayuu en zonas rurales dispersas. Según la Sala, no hay evidencia de un impacto positivo en el goce efectivo de los derechos de la niñez Wayuu.
La Sala subrayó la necesidad de mejorar las vías en municipios priorizados para garantizar los derechos tutelados en la Sentencia T-302 de 2017. Además, señaló que la información proporcionada por el Gobierno es inconsistente, carece de uniformidad, secuencialidad y precisión en cuanto a los proyectos planeados, tiempos de ejecución y entidades responsables. Estas falencias generan incertidumbre sobre la ubicación de las vías a priorizar, las comunidades beneficiadas, las fechas de inicio y terminación de las obras y el número de kilómetros a intervenir.
Falta de claridad afecta procesos precontractuales y contractuales
Para la Sala, la falta de definición en estos aspectos y el incumplimiento de fechas afecta los procesos precontractuales y contractuales, impidiendo un impacto concreto en la movilidad de las comunidades. Esto dificulta que el reporte de resultados se base en índices de goce efectivo de derechos.
En respuesta, la Sala estableció nuevos parámetros para presentar la información, incluyendo un cronograma que contemple un avance físico del 20% de cada obra proyectada en un plazo no superior a seis meses. La verificación de los datos reportados contará con la participación del Ministerio Público.
Además, se solicitó a los órganos de control el seguimiento de contratos específicos dirigidos al mejoramiento vial de los cuatro municipios priorizados en la sentencia. Esto busca asegurar que las obras se realicen de manera efectiva y beneficien a las comunidades Wayuu.