Gobierno expide circular aclaratoria sobre cobertura electoral de los Medios de Comunicación

Los Ministerios del Interior, Defensa y de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTic), emitieron una Circular Externa con el fin de aclarar el alcance del Decreto 1702 de 2023, en lo referente a la labor de cubrimiento de la jornada electoral por parte de los medios de comunicación. Este nuevo documento se habría redactado en colaboración con la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) y la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Aclaración de los artículos 4, 7 y 13 del Decreto 1702 de 2023

La Circular, que consta de cuatro páginas, se centra en la explicación de tres artículos específicos (4, 7 y 13) que fueron señalados de vulnerar los derechos de los medios de comunicación. El artículo 4 se precisa que hace referencia a la propaganda electoral definida en el artículo 35 de la Ley 1475 de 2011 y se limita a las comunicaciones públicas con fines proselitistas durante el día de las elecciones. En el artículo 7, se establece que los periodistas pueden acceder libremente a los lugares de votación con los dispositivos necesarios para su trabajo, siempre respetando el secreto del voto y sin interferir con los derechos de los ciudadanos. Por último, el artículo 13 permite a los medios de comunicación cubrir sin restricciones la situación de orden público en el país, siempre en línea con los principios constitucionales de la libertad de expresión y el respeto y tolerancia en el debate público.

Además, la Circular hace un llamado a las alcaldías y gobernaciones a reconocer la libertad de prensa y promover mensajes pedagógicos, campañas y rutas de respuesta rápida para la protección de los derechos de los periodistas.

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