Corte Suprema determina cambio en el cálculo de Semanas Cotizadas para Pensión
La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia determinó un cambio significativo en el cálculo de las semanas cotizadas para la pensión. Mientras que para la facturación y el pago de aportes de pensión el mes se cuenta con un periodo de 30 días, la Corte establece que al calcular las semanas cotizadas, se deben contabilizar en días calendario.
Según la sentencia, la cotización se calcula en relación con el salario mensual o ingreso percibido en el mismo período, independientemente de que el mes tenga 28, 30 o 31 días. Para establecer el número de semanas cotizadas, se deben considerar los días reales del calendario, es decir, 365 o 366 días, según corresponda al año.
Este cambio es significativo ya que garantiza que en el cálculo de las semanas cotizadas se tomen en cuenta todos los días laborados y cotizados, eliminando la aproximación a 30 días por mes o 360 días por año. La nueva postura de la Corte tiene un impacto directo en casos de reconocimiento de pensiones, donde cada día cotizado se suma para transformarse en semanas, y puede hacer la diferencia para acceder a ciertas prestaciones.
En un caso específico de estudio, la Corte determinó que el nuevo criterio permitía a un causante sumar las semanas necesarias para la pensión, brindando a los beneficiarios el derecho a recibir la pensión de sobreviviente. La Corte condenó a Colpensiones a pagar la pensión de sobreviviente solicitada, el retroactivo pensional y la indexación del dinero para actualizarlo a valores presentes.