Contraloría falla contra 7 funcionarios de la administración distrital y Convial por peajes en Cartagena
Se probó un detrimento para el Distrito de Cartagena de Indias y un beneficio para el concesionario CONVIAL S.A. por la suma de $9.550 millones.

La Contraloría General profirió fallo con responsabilidad fiscal por 9.550 millones de pesos contra los exdirectores del Departamento Administrativo de Valorización Distrital de Cartagena, Dionisio Arango Cantillo, Ciro Castillo Cabarcas y Antonio Flórez Garizabal, los exgerentes de la Empresa de Desarrollo Urbano EDURBE S.A., Pedro Rafael Tono Lemaitre, Diego Antonio Otoya, Augusto Enrique Mainero Román y Amira Isabel del Rosario Salvador, y la sociedad Concesión Vial de Cartagena CONVIAL S.A., por el detrimento patrimonial que sufrió en esta cuantía el Distrito de Cartagena de Indias, con ocasión de las irregularidades que se presentaron en la ejecución del contrato de peajes (concesión VAL. 0868804 “proyecto Corredor de Acceso Rápido a la Variante de Cartagena”).
En este caso, por la remuneración en exceso al concesionario CONVIAL S.A. de las obras complementarias y su interventoría, frente al referente de valoración de riesgo en la propuesta económica de este, en desconocimiento de la realidad económica y financiera vigente para los periodos de aprobación de dichos rubros, lo que generó un detrimento para el Distrito y un beneficio para el concesionario en cuantía de 9.550 millones de pesos.
Esto es, sin contar con estudios económicos y financieros según la realidad económica del entorno crediticio vigente al momento de cada adición de obras complementarias y su interventoría, para el momento en que se incorporaron al modelo financiero inicial del contrato de concesión, que consistía en el diseño, construcción, mantenimiento y operación del corredor de acceso rápido a la variante de Cartagena que estaba conformado por los subproyectos corredor de carga, zona industrial y portuaria, y accesos desde la zona industrial de Mamonal.
Adicionalmente, la Contraloría archivó la acción fiscal que adelantaba contra LUZ MARINA FIGUEROA SALGADO, en su calidad de Directora del Departamento Administrativo de Valorización Distrital de Cartagena en su momento, en atención a que las pruebas allegadas con posterioridad al auto de imputación, desvirtuaron el elemento del nexo de causalidad.