Consejo de Estado niega demanda de tutela del Magistrado Gerardo Botero

En una decisión de segunda instancia, la Sección Cuarta del Consejo de Estado negó las pretensiones de la demanda de tutela presentada por el magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Gerardo Botero, que buscaba amparar derechos fundamentales que, según él, fueron afectados por el proceso de elección de la fiscal general de la Nación.

Gerardo Botero alegó que la decisión de la Corte Suprema de no devolver la terna a fiscal general conformada por el presidente Gustavo Petro afectaba sus derechos. Además, argumentó que el presidente violó sus derechos al publicar en redes sociales su interés en conocer las opiniones de las feministas sobre la demanda del magistrado.

Decisión del Consejo de Estado

El Consejo de Estado, en primera instancia, ya había negado las pretensiones de la demanda, decisión que fue ratificada por la Sección Cuarta, precisando que el artículo 6º de la Ley 581 del 2000, tras imponerle al Presidente la obligación de incluir al menos a una mujer en la lista aspirantes, no le impide que postule a otras más, en ejercicio de la discrecionalidad de la que goza en este caso.

“(Q)ue el Presidente de la República concretizara una medida afirmativa para la elección del próximo Fiscal General de la Nación con la conformación de la terna únicamente con mujeres, encuentra pleno respaldo en los artículos 13, 40 y 43 de la Constitución Política. Y en modo alguno, puede ser entendida como una forma de discriminación, ahora por razones de género, respecto de los hombres”, agregó la providencia.

Derecho al Voto y Publicación de Petro

La sala destacó que el derecho al voto de los magistrados en la elección del fiscal general no se considera un derecho político, sino una función conforme al artículo 249 de la Constitución.

En cuanto a la publicación de Gustavo Petro en redes sociales, el Consejo de Estado no la consideró injuriosa ni ofensiva, y no afectó los derechos del magistrado según la sala.

En conclusión, la Sección Cuarta determinó que la decisión de la Corte Suprema y la publicación de Gustavo Petro no vulneraron los derechos fundamentales del magistrado Gerardo Botero.

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